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Condenaron a tres agentes del Servicio Penitenciario por torturas en el penal de Ezeiza

El fallo se dio hace instantes por el TOF Nº 1 de La Plata. La Comisión Provincial por la Memoria, que había sido veedora en el caso, enfatizó la importancia que la sentencia haya sido por casos de tortura.

El Tribunal Oral en lo Criminal Federal Nº 1 de La Plata condenó a tres agentes del Servicio Penitenciario Federal por la “aplicación de torturas” en el penal de Ezeiza. Un hecho ocurrido hace once años pero que tras las denuncias pudieron permitir el juicio.

Es importante el antecedente porque casi no hay condenas por torturas en la Argentina. Hoy fue muy impactante la solidaridad de los penitenciarios con sus compañeros. Lo cual demuestra el espíritu corporativo.

Sin embargo, las condenas solo fueron de cinco años y otros dos miembros del Servicio Penitenciario fueron absueltos.

“Las condenas fueron por tortura y eso nos parece importante. Son incluso menores de lo que establece el código penal. Es una causa que venía bastante complicada porque pasó hace 11 años”, dijo Roberto Cipriano, presidente de la Comisión Provincial por la Memoria, organismo que acompañó el juicio como veedora y además realizó un registro audiovisual.

Cipriano agregó que sin embargo, los médicos penitenciarios implicados en los casos de tortura no fueron condenados.

“Es importante el antecedente porque casi no hay condenas por torturas en la Argentina. Hoy fue muy impactante la solidaridad de los penitenciarios con sus compañeros. Lo cual demuestra el espíritu corporativo”, relató sobre lo ocurrido en el juicio.

Durante el veredicto, el TOFNº 1 de La Plata, integrado por los jueces Alejandro Daniel Esmoris, Pablo Daniel Vega y Germán Andrés Castelli, condenó a 6 años de prisión a Rubén Oscar Constantín, jefe de la Unidad Residencial II del Complejo de Ezeiza y a 5 años de prisión a Sergio Hernán Giménez y Pablo Andrés Jara, miembros del cuerpo de requisa.

Por su parte, Jorge Enrique Puppo, encargado general del cuerpo de requisa del Complejo, y su auxiliar Víctor Darío Salto, fueron absueltos.

El fallo cerró una investigación por hechos de torturas a privados de la libertad en el año 2007, en el penal de Ezeiza.

En el comunicado que emitió la CPM, se detalló que “la causa había sido reabierta en el año 2014 como consecuencia de la sentencia dictada por la Corte Interamericana de Derechos Humanos, que condenó al Estado argentino a investigar estos hechos de tortura, denunciados por la defensora general de la Nación, Stella Maris Martínez”.

La audiencia de lectura de los fundamentos de la sentencia será el próximo 16 de agosto a las 18.

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