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El gobierno bajó de $4 a $3 por dólar las retenciones para productos de economías regionales

Desde hoy, según lo dispuesto en el decreto 464/2019, estos productos pasarán a tributar $3 por dólar exportado. La medida tendrá un costo fiscal de $2200 millones.

A través de un decreto publicado este miércoles en el Boletín Oficial, el Gobierno Nacional bajó de $4 a $3 por dólar exportado los derechos de exportación para 207 productos de economías regionales.

La medida entrará en vigencia a partir del 11 de julio de 2019, y su objetivo es promocionar la actividad de las economías regionales en alimentos frescos y productos con distintos procesos de acondicionamiento y envasado. Son productos que cuentan con una "alta demanda internacional" y con una tendencia creciente. Entre ellos se destacan frutas frescas, hortalizas, frutos secos y la miel, productos que además se vinculan con los cambios de hábito de consumo en la población.

"Con esta modificación se busca potenciar el desarrollo de las producciones regionales, y ofrecer mayor competitividad a los productores para que puedan seguir invirtiendo y creando valor y empleo en los lugares donde producen", explicaron desde el Ministerio de Producción y Trabajo a través de un comunicado.

Además, en el primer cuatrimestre de 2019, varios de los alimentos alcanzados por la medida tuvieron incrementos relevantes en sus ventas externas que superan ampliamente el 50%, como la naranja, el arroz, las cerezas, grosellas y las frutillas. Desde el Gobierno esperan que estos productos mejoren su situación competitiva y también los que requieren de un fortalecimiento adicional, como ajo, ciruela, pera, manzana, entre otros casos.

En septiembre de 2018, el gobierno nacional aplicó para los productores agroindustriales derechos de exportación de $3 y $4 por dólar exportado, que se prevé que vencerán en diciembre de 2020.

Otros cambios en retenciones

Por otro lado, el Gobierno decidió aplicar retenciones a la exportación de aquellas preparaciones que se utilizan como alimento de animales y aceites. En este punto se refieren a las mezclas de aceites refinados envasados que contengan soja, aceites vegetales epoxidados que contengan soja y materiales y preparaciones destinadas a la elaboración de alimentos para animales.

Para el Gobierno "hay que realizar una readecuación del límite referido en relación con los derechos de exportación de las posiciones arancelarias que pueden incluir productos o subproductos con cierto componente de soja". Para eso se estableció un límite del monto a pagar en concepto del precitado tributo, determinándolo en una suma 3 o 4 pesos por cada dólar estadounidense del valor imponible o del precio oficial FOB.

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