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Fallo: prohíben que se fumigue a menos de mil metros de una escuela rural

La medida rige para la zona de San Antonio de Areco, en la provincia de Buenos Aires.

En una nueva medida judicial, la Sala I de la Cámara Civil y Comercial de Mercedes dispuso una prohibición de toda fumigación aérea en el territorio del Partido de San Antonio de Areco. Sin embargo, el juez estableció el rechazo de la demanda por daños y perjuicios derivados del uso de agroquímicos. La medida se centró en resguardar a los alumnos y docentes que concurren a una escuela rural que se encuentra cercana a la zona.

Según diariojudicial.com, el juez a cargo dela causa, manifestó que la demandante debe probar el nexo causal existente entre el daño y el riesgo o vicio de la cosa de propiedad o guarda del demandado (máquina fumigadora). En este sentido, desde la Justicia concluyeron que que la accionante no ha acreditado los hechos controvertidos, respecto del reclamo.

Sin embargo, indicó que “se encuentra fuera de los hechos controvertidos que el demandado –por sí o por terceros- realizó y realiza cuando son necesarias, tareas de fumigación en las cercanías de la escuela”. De este modo, señalaron que el uso de agroquímicos se encuentra bajo investigación, para determinar así el daño real que pueden ocasionar.

Así, llevarán adelante este accionar, hasta tanto exista un pronunciamiento formal de las autoridades sanitarias provinciales o nacionales acerca del tema. En este aspecto, se dispuso la prohibición de la aplicación de cualquier tipo de agroquímico en un radio de 1000 metros de la escuela rural para los días en que haya clases, debiendo realizarse dichas tareas los días sábado, domingo o feriados educativos.

“De lo anterior surge que la medida dispuesta por el sentenciante está en consonancia con las restricciones que se imponen por las ordenanzas municipales” fundamentaron los magistrados. Asimismo, señalaron que “no puede dejar de mencionarse que se está protegiendo no solamente al personal docente sino a los niños, sujetos vulnerables, que por mandato constitucional deben ser especialmente protegidos”.

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