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La Provincia subsidiará al Transporte Público de colectivos con $8.053.193 mensuales

El Ministerio de Transporte oficializó el desembolso de recursos a empresas que prestan servicios en Junín y otros 23 municipios. También se subsidiará con $ 491.640 mensuales para el transporte a Roca de Lafit. Los detalles de la medida.

El Gobierno de la provincia de Buenos Aires habilitó la asignación del régimen transitorio de subsidios para empresas de transporte del interior. De esta manera, el monto dispuesto es de más de 600 millones pesos a distribuir en líneas que operan en 24 municipios, entre los que está incluidos los transportes de Junín.

Por medio de la Resolución Nº 64, publicada en el Boletín Oficial, el Ministerio de Transporte estableció que el régimen transitorio de subsidios con destino a los prestadores de servicios o líneas de transporte automotor de pasajeros que se desarrollan fuera del ámbito del AMBA "será asignado mediante el pago de cuotas mensuales a distribuirse, a partir de marzo de 2023, de pesos seiscientos cuarenta y seis millones ochocientos noventa y cuatro mil ochocientos ($646.894.800)",

Nuestra ciudad recibirá de ese monto el 1,2449% para el transporte público 8 de Octubre SA y el 0,0760%  para el transporte a Roca de Lafit

Dicho monto representa $ 8.053.193 por mes para el Transporte 8 de Octubre SA y de $ 491.640 mensuales para el transporte a Roca de Lafit

Asimismo, se ordenó que "el monto de la cuota podrá ser modificado, determinado y notificado mediante comunicación oficial de este Ministerio de Transporte a la Dirección Provincial de Compensaciones al Transporte y a la Dirección General de Administración, a fin de que instruyan e impulsen los pagos correspondientes, previa consulta a la Dirección de Presupuesto del Ministerio de Transporte respecto de la disponibilidad de cupo y/o créditos presupuestarios, en este último caso, netos de aquellas sumas retenidas y no devengadas al momento del informe, correspondientes a períodos anteriores".

"Dichas comunicaciones oficiales mantendrán plena vigencia, a los efectos de impulsar y autorizar los pagos de hasta dos (2) períodos mensuales de liquidación. Dentro del referido plazo, deberá aprobarse la resolución modificatoria de la presente", añadieron.

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