• cielo claro
    24 de Abril de 2024
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La regularización de dominios llegará a muchas familias antes de fin de año

En estos meses habrá nuevas entregas en el marco de los programas provinciales gratuitos que se desarrollan. Hay muchas expectativas porque corresponden a barrios que hace tiempo están aguardando por la documentación de sus viviendas en complejos habitacionales.

El Municipio está trabajando con muy buena respuesta de la gente en el proceso de escrituración a través de la Secretaría de Tierras, Viviendas y Obra Pública Social que se enmarca dentro de la Regularización de Dominios que establece la Ley Nº 24.374, que cuenta también con apoyo del Gobierno de la provincia de Buenos Aires.

Al respecto, se explicó que la escrituración social es el último paso del proceso de regularización del dominio de una vivienda; “nos permite brindar un resguardo jurídico en las situaciones de hecho, en las cuales hay gente que tiene acreditada la posesión de una propiedad durante mucho tiempo. 
A través de esta ley, cumpliendo sus requisitos, pueden tener la cobertura jurídica de ese bien y pueden obtener los elementos para disponer de él y ser efectivamente sus titulares ante el Registro de la Propiedad”, indicaron en la Comuna.

En este sentido, se detalló que “hay una serie de requisitos que son los que estamos divulgando para que la gente vea si efectivamente cae dentro de esta Ley de Regularización de Dominio, más conocida como ‘Ley Pierri’, para que puedan acceder a esa cobertura jurídica del bien que ocupan y tengan la certeza de que finalmente son los propietarios de este bien que están ocupando desde hace mucho tiempo. Pero previamente tienen que haberse dado todas las condiciones que estipula la ley para lograr ese tipo de escritura." 
“Entregaremos cerca de 500 escrituras antes de fin de año, que son de los barrios Amosba, Güemes y de entidades intermedias como Amaeton, Douglas Haig y Obstáculo en el Agua”, detallaron en el Municipio.

Muy buena respuesta 

El Partido cuenta también con un equipo interdisciplinario para la atención de la escrituración social. Sobre este punto se señaló que, “es un trabajo que estamos organizando desde hace unos meses y lo hemos logrado gracias a la incorporación de escribanías regularizadoras de nuestra ciudad al equipo que cuenta con abogados, escribanos, trabajadoras sociales y administrativas."

“Este año seguimos con las carpetas iniciadas hace mucho tiempo, y además encaramos un trabajo puntual en diferentes barrios para firmar lo que se llama las ‘Actas de Consolidación’ de esas posesiones que son el paso previo para que finalmente se puedan firmar las escrituras”, manifestaron desde el área a cargo de Juan Manuel Batallánez

A su vez se comentó que este primer paso llena de satisfacción al equipo de trabajo ya que “es un paso que veníamos buscando desde hace mucho tiempo; ya que en Pergamino no se hacían este tipo de regularizaciones porque no teníamos escribanos locales que fueran regularizadores, a partir del año pasado pudimos darle más agilidad a esta tarea y tenemos mucha expectativa respecto del trabajo que vamos a ir desarrollando durante el año con lo que es tema de regularización de dominios y escrituración social"

El costo del trámite es mínimo y está establecido por la normativa. Los interesados tienen que llegarse a la oficina en el tercer piso del Edificio de Correo, Echevarría 707 y allí será asesorado.

Legislación vigente 

La Ley Nº 24.374 es un régimen especial de escrituración social, por medio del cual, el título de propiedad de una vivienda se obtiene de manera gradual cumpliendo con dos procedimientos: Procedimiento de Regularización de Dominio, se obtiene el acta de Regularización, que se inscribe en el Registro de la Propiedad a favor del beneficiario que lleva adelante la gestión.

Y Procedimiento de Consolidación, 10 años después de esa inscripción, se otorga el Acta de Consolidación. En el sistema de la Ley Nº 24.374, el título definitivo de propiedad, está compuesto entonces por dos actas que se complementan. Los requisitos para acceder a este beneficio son: Posesión por causa lícita, Ocupación pública, pacífica y continua del inmueble con anterioridad al 1º de enero de 2006, que el inmueble esté edificado y tenga como destino principal el de casa habitación única y permanente.

Una de las cuestiones relevantes a tener en cuenta por parte de la población es que este tipo de trámite lo pueden iniciar personas físicas ocupantes originarios del inmueble de que se trate; el cónyuge supérsite y sucesores hereditarios del ocupante originario que hayan continuado con la ocupación del inmueble; personas que, sin ser sucesores, hubiesen convivido con el ocupante originario, recibiendo un trato familiar; y que hayan continuado con la ocupación del inmueble; quienes, mediante acto legítimo, fuesen continuadores de dicha posesión.

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