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Recusaron a la Jueza Maiztegui de la causa del falso médico Chauderón

En el mes de Noviembre de 2017, las autoridades del sanatorio de la UOM, detectaron que el jefe de Guardia del sanatorio no poseía el título habilitante de médico. El proceso en su contra es por ocho denuncias y otras imputaciones como Homicidio con dolo eventual, Ejercicio Ilegal de la Medicina, Usurpación de título, Estafa, Falsificación y Uso de documento público en concurso real.

Guillermo Chauderón fue detenido y procesado. Permanece alojado en la Unidad carcelaria Melchor Romero de La Plata. Hasta que en septiembre de este año, su abogado defensor, el Dr Jorge Lima, logró una autorización judicial con arresto domiciliario transitorio para que rinda dos materias en la Facultad de Medicina en Rosario.

El pedido para terminar la carrera fue realizado a la Jueza de Garantías Dra María Eugenia Maiztegui quien se lo negó. Siendo luego apelado por Lima ante la Cámara de Apelaciones en lo Penal, habiéndose concedido el mismo.

Por estos días, la defensa de Chauderón presentó ante la Cámara de Apelaciones, el pedido de recusación contra la jueza Maiztegui. Considerando que las afirmaciones de la jueza en el proceso carecen de sustento fáctico y legal y que la causa invocada no resulta ser de gravedad en su actuar, agregando que tampoco afecta su imparcialidad y su objetividad.

Esto es presentado, luego de que la jueza denunciare a Chauderón ante la Facultad de Medicina de Rosario solicitando se le impida seguir rindiendo, y logrando su objetivo.

Por ello el defensor ha solicitado el apartamiento de la magistrada afirmando que existen causas graves sobrevinientes en su actuación, siendo tendenciosa en perjuicio de su representado, excediendo los límites que consagran los principios de prudencia, objetividad e imparcialidad que todo juzgador debe tener, mantener, vulnerando las garantías contenidas en la Convención Americana de Derechos Humanos.

Además esgrimen en la presentación que el irregular proceder de la jueza al apartarse del correcto desempeño de sus funciones jurisdiccionales en las reiteradas y sucesivas decisiones adoptadas en varias fojas; al dar curso a un trámite administrativo de extraña jurisdicción en sede judicial, cediendo las instalaciones del propio organismo, los medios de traslado penitenciario y la fijación de una audiencia con el comparendo del imputado para declarar ante el director de la oficina de sumarios de la UNR, exhibe su descalificación para continuar conociendo en la situación procesal del encartado pues altera el principio de imparcialidad.

Estos son algunos de los argumentos expuestos por la defensa ante el máximo Tribunal, los que fueron considerados y se resolvió “Hacer lugar a la recusación planteada por el defensor particular, Dr Jorge lima, apartando del conocimiento de la causa principal e incidentes anexos en trámite a la magistrada titular del juzgado de garantías Nº3 Departamental, Dra María Eugenia Maiztegui; debiendo continuar la tramitación de la encuesta preliminar y legajos agregados ante el juzgado de garantías que corresponda de conformidad que corresponda a la resolución 1644/12 de la SCJBA.

Firman la resolución los jueces Dres Alberto Moreno, Guillermo Martínez y Aduardo Alomar.

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