• cielo claro
    3 de Abril de 2025
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A un año de la explosión en Atanor: seguimiento judicial, restricciones y medidas ambientales en curso

La planta de atrazina sigue fuera de funcionamiento. El Juzgado de Ejecución Penal de San Nicolás informó avances en los controles, las exigencias al Estado y las recomendaciones del CONICET

A un año de la explosión en el reactor B16 de la planta de atrazina de la empresa Atanor, el Juzgado de Ejecución Penal del Departamento Judicial de San Nicolás dio a conocer una actualización sobre la situación legal, operativa y ambiental de la firma. En virtud del artículo 5 del Acuerdo de Escazú, se informó que el 31 de octubre de 2024 se autorizó el funcionamiento parcial de la empresa, con la expresa exclusión de la planta de atrazina, foco del siniestro ocurrido.

La decisión, avalada por el voto unánime de los tres jueces de la Cámara de Apelaciones en lo Civil y Comercial del Departamento Judicial, fue declarada firme el 11 de diciembre de ese mismo año. A partir de entonces, la empresa retomó su actividad en noviembre, sin producir atrazina ni realizar vuelcos industriales al río Paraná.

Como parte del control establecido, la empresa debe presentar de manera regular sus planes de producción mensual y semanal tanto al Juzgado como al Ministerio de Ambiente, organismo que, junto con la Autoridad del Agua, tiene la responsabilidad de llevar adelante los controles pertinentes.

Además, la Superintendencia de Riesgos del Trabajo (SRT) fue encomendada para realizar su auditoría anual, mientras que el CONICET continúa con el Estudio de Riesgo Ambiental iniciado en agosto de 2024, del cual ya se han presentado informes parciales.

En estos reportes, el organismo científico recomendó a la empresa una serie de acciones: capacitación continua del personal en manejo de incendios y sustancias peligrosas, retiro de materiales químicos como cloruro de cianurilo y acetil salicílico por su ubicación riesgosa, construcción de una batea de contención para tanques de hidróxido de sodio, instalación de una estación meteorológica y de un sistema centralizado de alarmas.

Según el Juzgado, las tres primeras medidas ya fueron cumplidas, mientras que la instalación de la estación cuenta con constancia de compra. La construcción de la batea fue intimada para su cumplimiento inmediato, y el sistema de alarmas se encuentra bajo análisis en función de un cronograma de obra (diagrama de Gantt) presentado por la firma.

También el CONICET elevó recomendaciones a la Municipalidad de San Nicolás, entre ellas la necesidad de que el personal afectado al área cuente con formación en comando de incidentes y uso del programa ALOHA, que permite modelar zonas de riesgo con base en información meteorológica. Además, propuso adecuaciones estructurales para cumplir con lo establecido en la decreto ley 11.001/63 (emergencias) y la ley 27.287 (sistema de alerta).

Finalmente, el Juzgado recordó que se llevan a cabo audiencias continuas para conocer el estado de situación y el avance de las medidas impuestas. Se espera que los resultados finales del estudio del CONICET permitan tomar nuevas decisiones respecto al futuro operativo y ambiental de la empresa.

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