El titular del Juzgado de Garantías N°1 del Departamento Judicial Pergamino, César Alejandro Solazzi resolvió hacer lugar a la medida cautelar solicitada en el marco de una acción de amparo iniciada por la Defensoría General y ordenó a la Agencia Nacional de Discapacidad (ANDIS) la restitución inmediata de las pensiones no contributivas por invalidez laboral que habían sido suspendidas.
La resolución judicial, caratulada “Santamarina Pablo Hernán. Defensor General Departamental y otro c/ Agencia Nacional de Discapacidad (ANDIS) s/ Amparo”, fue impulsada por el Defensor General Departamental, Pablo Hernán Santamarina y la Defensora Oficial Civil, Laura Vignaroli, quienes reclamaron dejar sin efecto la suspensión de las pensiones y declarar la inconstitucionalidad del Decreto N° 843/24.
El Juzgado declaró procedente la vía de amparo y ordenó a ANDIS que, en un plazo de 72 horas desde su notificación, restituya las pensiones suspendidas.
La medida no solo beneficia a los ocho ciudadanos representados en la demanda, sino que se extiende a todo el colectivo de personas con discapacidad afectadas por la suspensión de pensiones no contributivas.
Para dictar la medida cautelar, el magistrado consideró acreditados los requisitos de verosimilitud en el derecho y peligro en la demora, destacando el carácter alimentario de las pensiones y la situación de vulnerabilidad de las familias damnificadas.
El fallo recordó que las pensiones están amparadas por la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad, con jerarquía constitucional desde la Ley N° 26.378, que obliga al Estado argentino a garantizar la protección social y mitigar los efectos de la pobreza en las personas con discapacidad.
Los informes socioambientales elaborados por peritos de la Defensoría respaldaron la urgencia de la restitución.
El fondo lo resolverá la Justicia Federal
Aunque la Justicia provincial actuó de manera urgente para proteger derechos fundamentales, César Alejandro Solazzi declinó la competencia sobre la cuestión de fondo, que será tratada por el Juzgado Federal de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de San Nicolás.
La decisión fue celebrada por la Defensoría General y por el grupo de personas afectadas, ya que garantiza la protección inmediata de derechos sociales básicos para quienes habían quedado sin cobertura ni recursos.
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