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Argentina, condenada por no prevenir, no investigar y encubrir en atentado a la AMIA

Lo estableció en un fallo la Corte Interamericana de Derechos Humanos. Ordenó abrir los archivos de inteligencia sobre el caso y entregar la información

La Corte Interamericana de Derechos Humanos condenó hoy al Estado argentino como responsables del atentado contra la AMIA perpetrado en 1994: dijo que no hizo nada por preverlo, pero tampoco cumplió con su deber de investigarlo e incluso lo señaló como parte del encubrimiento de los hechos.

El fallo fue emitido esta mañana y dado a conocer en una audiencia virtual y es parte de la causa que inició en 1999 el colectivo Memoria Activa -patrocinado por el CELS- en la cual el Estado argentino reconoció –en 2022- su responsabilidad y admitió que violó derechos, sometió la justicia a los servicios de inteligencia y protegió a acusados.

Uno de los puntos salientes de los 20 ítems que componen la sentencia de hoy ordena abrir los archivos de inteligencia sobre el caso y entregar la información allí recolectada. De modo más general, manda a regular las condiciones de ingreso de información de inteligencia a las causas judiciales.

En ese marco, la sentencia indica que “el Estado removerá todos los obstáculos, de facto y de jure, que mantienen la impunidad total en este caso e iniciar, continuar, impulsar y/o reabrir las investigaciones que sean necesarias para individualizar, juzgar y, en su caso, sancionar a los responsables de los hechos del presente caso y establecer la verdad de lo ocurrido, todo ello en un plazo razonable”.

En el fallo emitido esta mañana, los jueces esta concluyeron: “Esta Corte concluye que el Estado incurrió en una falta grave a su deber de investigar uno de los mayores atentados terroristas en la historia de la región. Estas faltas a la debida diligencia implicaron, por una parte, un mal manejo del material probatorio y la escena del hecho y, por otra parte, una conducción deficiente del desarrollo de la investigación. Además, se comprobaron una serie de maniobras realizadas por agentes estatales con el fin de obstaculizar la investigación y encubrir a los verdaderos autores, los cuales, a la fecha, no han podido ser identificados, juzgados y eventualmente sancionados”.

Y agregaron: “Frente a estas maniobras de encubrimiento, se originó un nuevo deber del Estado de investigar y sancionar a los responsables de este encubrimiento, deber que tampoco ha sido ejecutado de manera diligente ni en un plazo razonable. Por todo lo anterior, a casi 30 años del atentado todavía no se tiene claridad sobre lo acontecido, sus responsables, ni las razones por las cuales el Estado utilizó su aparato judicial para encubrir y obstaculizar la investigación. Esta situación de impunidad, además, contribuye a la violación de otros derechos, como el derecho a conocer la verdad, como se desarrollará infra, y facilita y promueve la repetición de hechos violentos”.

Al respecto de las fallas del Estado para prevenir el atentado contra la AMIA se refirieron a que dos años antes había ocurrido el atentado contra la Embajada de Israel y que eso hacía suponer riesgos tanto para la comunidad judía en Argentina y sus lugares emblemáticos.

Además de enumerar las violaciones a los derechos humanos la Corte dispuso una serie de medidas que el Estado deberá tomar en los próximos dos años. “La Corte supervisará el cumplimiento íntegro de la sentencia y dará por concluido el caso una vez que el Estado haya dado cabal cumplimiento a lo dispuesto en la misma”, determinó el fallo.

La Corte Interamericana, órgano de la Organización de los Estados Americanos (OEA), está integrada por siete jueces y juezas de los Estados miembros de la OEA. Son Nancy Hernández López, que hoy leyó la sentencia y preside el cuerpo; Rodrigo Mudrovitsch, como vicepresidente; Humberto Antonio Sierra Porto, Eduardo Ferrer Mac-Gregor Poisot, Ricard Pérez Manrique, Verónica Gómez y Patricia Pérez Goldberg.

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