El titular de la Unidad Fiscal de Investigación (U.F.I) Nº 14 del Departamento Judicial San Nicolás, Patricio Múgica Díaz, notificó a personal jerárquico y a una letrada de la empresa ATANOR del contenido del Artículo N° 60 del Código Procesal Penal (CPP). Es decir, los citó a prestar declaración indagatoria para llevar adelante el acto formal de imputación en el marco de la causa que se inició luego de la explosión en la planta de atrazina de la firma, el pasado 20 de marzo.
Las citaciones, en el marco de la Investigación Penal Preparatoria (IPP) Nº 16-00-003532-24/00, fueron enviadas a la planta de ATANOR San Nicolás para que se formalice la notificación de citación a indagatoria al gerente de Seguridad y Medioambiente; al gerente de planta; a la directora de Asuntos Institucionales y Recursos Humanos y al responsable de Seguridad, Higiene y Medioambiente.
“Conforme la investigación en virtud de la prueba y la materialidad que ha quedado demostrada sobre la misma; las imputaciones han de basarse según la ley general del ambiente: Ley 25.675 en el Articulo 4 por violación al principio de prevención y principio precautorio ambiental. Asimismo, por la aplicación del principio de responsabilidad como empresa generadora de efectos degradantes para el ambiente según la mencionada ley en sus Artículos 28 y 29 en cuanto a la responsabilidad objetiva y de carácter penal que compone la calificación del caso (Articulo 31 asumiendo la responsabilidad desde la persona jurídica para con las autoridades y profesionales en la medida de su participación, La Ley 11.720 articulo 51 y ccdts con remisión a la Ley 24.051 sobre las acciones penales que derivan en el caso. (Ley 24.051 Artículos 2, 45, 47, 48, 56, 57. Anexo l, categoría Y 4) y Código Penal Argentino delito contra la salud publica Articulo 203 y ccdts”, dice textualmente el oficio dirigido a las autoridades de la empresa.
De acuerdo a fuentes judiciales consultadas por COSA CIERTA, la causa en curso se enmarca en “una ley muy particular, que hay que estudiar” en el Departamento Judicial de San Nicolás. Este paso se sigue debido a que “el año que viene saldrán las indagatorias en el marco del Artículo N° 308 del Código de Procedimiento Penal” para con las autoridades jerárquicas a quienes se les cursó las notificaciones.
Por otro lado, se desmintió que alguna vez el operario que sufrió “serias heridas” hubiese estado investigado como presunto responsable de la explosión registrada el pasado marzo.
Además, de acuerdo a lo averiguado por este medio, “el hombre se recuperó bastante bien, aunque todavía faltan pericias” para terminar de conocer la totalidad de las secuelas que padeció. A eso agregaron que “de ninguna manera” fue sospechoso de causar el incidente.
Ante la consulta de la posibilidad de que la investigación pudiera modificar la decisión del Ministerio de Ambiente de la Provincia de Buenos Aires y de la jueza Luciana Díaz Bancalari, titular del Juzgado en lo Correccional Nº 3, que permitió la reapertura de la empresa, las fuentes de este medio afirmaron que “por el momento no modifica nada”.
Por lo pronto, la investigación busca esclarecer quién o quiénes son los responsables de perpetrar los delitos de Atentado a la Salud Pública y Daño al Ambiente con Residuos Peligrosos por la explosión del reactor de atrazina.
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