La Cámara de Apelación en lo Civil y Comercial del Departamento Judicial de San Nicolás, denegó el recurso extraordinario de nulidad deducido por la empresa TERNIUM ARGENTINA S.A. contra el fallo judicial que obliga a la empresa a pagar la deuda que detenta por las cuotas impagas de las tasa de inspección de seguridad e higiene.
Este fallo pertenece al primer juicio iniciado por la Municipalidad de Ramallo reclamando el pago de la tasa y cuenta con un fallo a favor de primera y segunda instancia.
En esta oportunidad la cámara ha decidido en forma unánime rechazar el planteo extraordinario efectuado por la empresa deudora para que el caso sea elevado y tratado por la Suprema Corte de Justicia de la provincia de Buenos Aires, otorgándole una vez más la razón al municipio de Ramallo en cuanto a la legalidad del reclamo interpuesto.
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