En audiencia realizada en Tribunales de Venado Tuerto, el Tribunal Unipersonal a cargo de la jueza Mariana Belén Vidal condenó este martes a cinco años de prisión efectiva, multa de 200 unidades fijas y costas procesales a Mario V. por el delito de comercialización de estupefacientes (art. 5 inciso C de la Ley 23.737). Se trata del primer juicio oral en la provincia encuadrado en la figura penal de “microtráfico”.
Cabe recordar que el 29 de diciembre de 2023 entró en vigencia la controvertida Ley Provincial N° 14.239, que establece la Adhesión a la Desfederalización Parcial de la Competencia Penal en Materia de Estupefacientes. Esta normativa, sancionada por la Legislatura provincial, otorgó al Ministerio Público de la Acusación (MPA) la responsabilidad de investigar los casos de microtráfico en toda la provincia.
Al respecto, expertos en derecho penal adviertieron que, aunque la ley de microtráfico mejora la capacidad de respuesta y desarticula redes barriales, también puede derivar en “populismo punitivo” al criminalizar la tenencia mínima y detener a los eslabones más débiles, como consumidores o personas vulnerables. El caso de Mario V. se enmarca más en este último escenario: un vecino conocido en Venado Tuerto, que se encontraba en situación de extrema vulnerabilidad y con dificultades emocionales.
El caso
El caso que inauguró la aplicación práctica de esta ley se originó el 19 de enero de 2024, cuando personal de la Brigada de Drogas de la Policía de Investigaciones detectó —en inmediaciones de Almafuerte y Deán Funes, en Venado Tuerto— lo que describieron como una “típica maniobra de menudeo”: un intercambio rápido de dinero por un envoltorio. La secuencia quedó registrada en video y derivó en la aprehensión del hoy condenado y del comprador. Este último, recuperó rápidamente la libertad.
En la requisa, realizada frente a testigos, se secuestraron 43,5 gramos de marihuana fraccionada, 0,7 gramos de cocaína, tres teléfonos celulares y $118.000 en efectivo. El comprador entregó de manera voluntaria un envoltorio que, según las pericias, contenía marihuana.
Durante el debate, la fiscal Mayra Soledad Vuletic sostuvo que la evidencia demostraba la comercialización con fines de lucro y que el accionar policial había sido legítimo y progresivo. “Es un caso que marca un precedente en la persecución del microtráfico en Santa Fe, un delito que atenta contra la salud pública y la seguridad comunitaria”, afirmó.
La defensa, a cargo del abogado Fernando Baiguera, cuestionó la legalidad del procedimiento, alegó que se basó en un “olfato policial” sin sospecha fundada y sostuvo que la droga era para consumo personal. También planteó que no se probó el ánimo de lucro, pidiendo la absolución.
La jueza Vidal rechazó los planteos de nulidad, validó la actuación policial y destacó que el intercambio registrado y la posterior incautación de droga y dinero constituían prueba suficiente. En su fallo, consideró que la cantidad, el fraccionamiento y el contexto evidenciaban una actividad de venta, y remarcó la importancia del caso por ser el primero en llegar a juicio bajo la figura de microtráfico en la provincia..
La sentencia contra Mario V. podrá ser apelada, pero ya deja un antecedente judicial que, en medio del debate sobre el alcance y los riesgos de la ley, marca el rumbo inicial de la política criminal santafesina contra el microtráfico.
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