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"Un archivo que no sorprende, pero que no aclara"

Como denunciante en la causa por presuntas irregularidades y direccionamiento de la obra pública en el Municipio de Pergamino, me veo en la obligación de expresar ante la comunidad mi análisis de la reciente resolución de archivo dictada por la Fiscalía interviniente.

 

Una resolución esperable, en un contexto de intereses cruzados

La resolución de archivo no me toma por sorpresa. Era previsible, atento a los poderosos intereses políticos, institucionales y económicos en juego. Resulta evidente que, en los hechos, se ha optado por una interpretación minimalista del derecho penal, obviando cuestiones que, se dice no configuran delitos bajo la actual legislación, pero que son innegablemente cuestionables desde el punto de vista ético y moral.

 

Se reconocen comportamientos éticamente reprochables

Incluso el propio fiscal, en su dictamen, ha señalado que funcionarios municipales mantuvieron relaciones comerciales con empresas adjudicatarias de obra pública mientras ejercían funciones públicas, y que "en honor a los principios de independencia y probidad" debieron abstenerse de intervenir en esos vínculos. Sin embargo, esta conclusión ética no fue acompañada por consecuencia institucional alguna.

¿Desde cuándo la ética pública se convierte en una sugerencia opcional y no en un pilar de la función estatal?

 

Lo incuestionable que no se explicó

Es particularmente grave que no se haya dado explicación razonable a hechos objetivamente verificables e incuestionables, como la adjudicación de obras a empresas cuyo objeto social no guarda relación alguna con las tareas encomendadas.

¿Cómo puede una empresa dedicada a la venta de maquinarias agrícolas resultar adjudicataria de la compra de contenedores? 

¿Cuál es la explicación para que una empresa dedicada al rubro ferretería, de buenas a primera, alquile la planta de pavimentación de la Cooperativa Eléctrica y a partir de allí se le adjudique la totalidad de las obras de pavimentación que se realizan en el Partido de Pergamino?

Tales adjudicaciones vulneran los principios básicos de razonabilidad, transparencia y competencia. Son hechos que no fueron negados, pero sí ignorados.

 

¿Qué habría ocurrido con la pista de atletismo?

La obra de la pista de atletismo es un caso paradigmático. La primera adjudicación fue a una empresa señalada en la denuncia, que meses antes se dedicaba al rubro de la carne, que se presentó en la licitación ofertando por encima de otro oferente y no obstante ello fue seleccionada con argumentaciones forzadas. Tras los cuestionamientos públicos que esta situación generó, la adjudicación fue dejada sin efecto dándose inicio a un nuevo proceso licitatorio. Obviamente en los papeles la nueva empresa adjudicataria fue otra (¿Realmente fue otra?

Ante ello me pregunto, ¿esa decisión de dejar sin efecto la licitación se hubiese tomada de no haberse ventilado el caso?. ¿Se habría seguido adelante con una contratación objetivamente desventajosa para el municipio si no se alzaban voces críticas?

 

No hay justicia sin rendición de cuentas

La Fiscalía ha concluido que no existen delitos tipificados en el Código Penal argentino que permitan avanzar judicialmente. Pero la ciudadanía no solo espera condenas penales: espera explicaciones, responsabilidad política, y respeto a los valores republicanos.

Hoy, lamentablemente, la justicia le da la espalda a interrogantes fundamentales sobre el uso del dinero público, reforzando la percepción de impunidad en el manejo de la obra pública local.

Seguiremos exigiendo que se reforme la legislación provincial para que estos comportamientos no solo sean considerados "cuestionables", sino jurídicamente sancionables.

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