Economía

ANSES mantiene la prestación por desempleo: quiénes pueden cobrarla y cómo tramitarla

Está dirigida a trabajadores despedidos sin causa o con contratos finalizados. Incluye asignaciones familiares y puede extenderse hasta 18 meses según la edad y los aportes.
17 de Marzo de 2026 | Primera Plana

La Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES) mantiene vigente la prestación por desempleo, un ingreso destinado a personas que perdieron su trabajo y buscan reinsertarse en el mercado laboral.

El beneficio alcanza a trabajadores en relación de dependencia que quedaron sin empleo por causas ajenas a su voluntad, como despidos sin causa o finalización de contrato. Según datos oficiales, más de 150.000 personas accedieron a esta ayuda durante 2025.

Se trata de un ingreso mensual por tiempo limitado. Además del dinero, el esquema garantiza el acceso a asignaciones familiares mientras dura la cobertura.

 

Qué incluye la prestación

Quienes cobran el seguro por desempleo mantienen el derecho a:

Asignación por prenatal

Asignación por hijo

Ayuda escolar anual

Asignaciones por matrimonio, nacimiento o adopción.

 

Quiénes pueden acceder

El alcance y los requisitos dependen del tipo de empleo previo:

Trabajadores permanentes: deben tener al menos 6 meses de aportes en los últimos 3 años anteriores al despido.

Trabajadores eventuales o de temporada: deben haber trabajado menos de 12 meses en los últimos 3 años y contar con más de 90 días de aportes en el último año.

Trabajadores de la construcción: necesitan acreditar al menos 8 meses de aportes en los últimos 2 años.

 

Cuánto se cobra en marzo

El monto varía según el salario previo y los aportes registrados. El sistema establece un esquema de cuotas mensuales:

Entre 2 y 12 cuotas para trabajadores en relación de dependencia

Entre 3 y 8 cuotas para trabajadores de la construcción

Las personas mayores de 45 años pueden extender el beneficio por 6 meses adicionales.

 

Cómo tramitar la prestación

Para iniciar el trámite se debe presentar documentación que acredite la situación de desempleo:

DNI

Telegrama de despido, carta documento o notificación del empleador

En algunos casos, constancia de quiebra, contrato vencido o certificado de defunción del empleador

La gestión puede realizarse de dos maneras:

A través de Atención Virtual, con CUIL y clave de la seguridad social

En una oficina de ANSES, con turno previo.

 

Cómo se cobra

Una vez aprobado el trámite, ANSES deposita el dinero en una caja de ahorro de la seguridad social.

El primer pago se realiza por ventanilla bancaria. Luego, el beneficiario recibe una tarjeta de débito para operar en cajeros automáticos.

El titular debe informar si consigue un nuevo empleo y solicitar la suspensión del beneficio dentro de los cinco días hábiles.

 

Qué pasa si no se cumplen los requisitos

Quienes no alcanzan el mínimo de aportes no pueden acceder al seguro por desempleo. Sin embargo, si el trámite fue iniciado y luego interrumpido, puede reactivarse dentro de los dos años.

Para eso, la persona debe haber trabajado en relación de dependencia al menos 12 meses en ese período. En paralelo, ANSES evalúa el acceso a otros programas según la situación de cada solicitante.



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