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Una absolución por duda: el fallo que expone grietas en la Justicia de Familia y reivindica la tarea fiscal

El Tribunal Oral en lo Criminal dictó la absolución de los acusados por falta de pruebas concluyentes. Cuestionamientos al rol del fuero de Familia en un caso atravesado por más de una década de conflicto parental y una menor en situación de vulnerabilidad
22 de Marzo de 2026 | Primera Plana

La resolución del juez Guillermo Burrone de absolver a los tres imputados -un padre y sus abuelos- en una causa por presunto abuso sexual infantil vuelve a poner en el centro de la escena las tensiones del sistema judicial.

El fallo determinó que no se logró acreditar con certeza la materialidad de los hechos denunciados, dejando firme la presunción de inocencia de los acusados.

La sentencia remarca que, pese al volumen de prueba reunida durante el proceso, la acusación no alcanzó el estándar exigido para una condena penal. La duda razonable, en este caso, no pudo ser superada.

 

La tarea de la fiscalía: investigación con perspectiva

En ese marco, resulta necesario destacar el trabajo de la fiscal de primera instancia, María Alejandro Ghiotti, en 2016, por primera denuncia, quien impulsó la investigación bajo una doble perspectiva: género y niñez. Lejos de una mirada lineal, la fiscal construyó su investigación considerando estándares internacionales como la debida diligencia reforzada, que obliga a los operadores judiciales a extremar recaudos en casos donde hay menores involucrados.

En 2018 y 2021, nuevas denuncias reactivaron las investigaciones contra el padre y los abuelos.

La pesquisa incorporó cámaras Gesell, pericias psicológicas, testimonios profesionales y antecedentes de intervenciones judiciales previas. Es decir, no se trató de una investigación débil o carente de elementos, sino de un caso complejo donde los indicios no lograron consolidarse como prueba concluyente.

El propio fallo reconoce, incluso al rechazar la acusación, que no puede hablarse de una actuación fiscal sesgada o arbitraria. Por el contrario, el problema radicó en la falta de corroboración periférica de los elementos reunidos, un requisito indispensable en materia penal.

 

Una menor atravesada por el conflicto

Uno de los puntos más sensibles del expediente es la situación de la niña, cuya voz estuvo en el centro del proceso. Los distintos profesionales que intervinieron coincidieron en describir un cuadro de extrema vulnerabilidad emocional, con síntomas fluctuantes y una fuerte incidencia del conflicto parental en su psiquis.

Los testimonios dieron cuenta de una menor sometida a tensiones constantes, con manifestaciones contradictorias y signos de posible sugestión. En distintos momentos, llegó incluso a afirmar que había mentido, en un contexto atravesado por el miedo y la necesidad de responder a expectativas adultas.

Las pericias fueron consistentes en un aspecto: no se detectaron indicadores de abuso sexual, aunque sí un daño psíquico significativo producto del entorno familiar. Esta distinción resultó determinante para el tribunal al evaluar la fiabilidad del relato.

 

La Justicia de Familia, bajo la lupa

Más allá del resultado penal, el fallo deja expuesta una problemática de fondo: el rol de la Justicia de Familia. Durante más de una década, el caso transitó por múltiples procesos -más de treinta- sin lograr estabilizar la situación de la menor.

Las decisiones adoptadas, como cambios en el cuidado personal, interrupciones de vínculo y revinculaciones forzadas, no solo no resolvieron el conflicto, sino que en muchos casos habrían contribuido a profundizarlo. El propio juez advirtió que la intervención estatal no mejoró la calidad de vida de la niña, sino que acompañó los vaivenes de una disputa parental persistente.

Este escenario pone en evidencia una falla estructural: la falta de articulación eficaz entre los fueros y la ausencia de estrategias sostenidas en el tiempo para proteger a los menores en contextos de alta conflictividad.

 

Entre la absolución y las deudas del sistema

El veredicto absolutorio no implica la inexistencia de un problema, sino la imposibilidad de probar penalmente los hechos denunciados. La ausencia de pruebas operó como límite infranqueable para la condena, tal como lo exige el orden constitucional en que una niña fue sometida a tres procesos penales.

Sin embargo, el caso deja interrogantes abiertos. La investigación fiscal avanzó bajo los parámetros adecuados, pero chocó con un entramado probatorio debilitado por años de conflicto, intervenciones contradictorias y posibles influencias sobre el relato de la menor.

En ese marco, la mayor deuda parece recaer fuera del fuero penal. La Justicia de Familia, lejos de descomprimir la situación, aparece como un actor que no logró -o no supo- evitar que una niña quedara atrapada en una disputa prolongada, con consecuencias emocionales profundas.

La absolución cierra una causa, pero no el debate: cuando el sistema judicial interviene tarde o de manera fragmentada, el costo no siempre es jurídico, sino humano.



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