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Un freno a la impunidad: la Corte Suprema impide que se archive la causa contra un exjuez de la dictadura
Juan Carlos Marchetti había sido sobreseído por la causa de apropiación ilegal de un bebé, durante la última dictadura militar. Desde entonces, su trabajo como abogado estuvo centrado en la defensa de empresas como Atanor o productores rurales que fumigaron a vecinos en Pergamino. Ahora, la causa por delitos de lesa humanidad podría reabrirse.
13 de Agosto de 2026 | Primera Plana
Manuel Gonçalves Granada era un bebé de sólo cinco meses cuando el 19 de noviembre de 1976, un brutal operativo atacó el domicilio en donde dormía plácidamente, ubicado en calle Juan B. Justo, en la localidad bonaerense de San Nicolás.
Su madre, Ana María del Carmen Granada, lo encerró en un ropero viejo para resguardarlo de los incesantes disparos, explosiones y hasta gases que arrojó la policía y el personal militar. En la casa también se encontraban María del Carmen Fettolini y Omar Darío Amestoy, junto a sus dos hijos, María Eugenia, de cinco años, y Fernando, de tres.
Todos fueron asesinados. El único sobreviviente fue Manuel, por entonces un bebé.
Meses después, el abogado Juan Carlos Marchetti -en ese momento juez de menores de la localidad- se llevó al niño a Lomas de Zamora, lejos de San Nicolás, y se lo entregó ilegalmente en adopción a una pareja de su cercanía (Claudio Luis Novoa y Elena Yolanda Rodríguez).
Recién 20 años después, en 1995, Manuel pudo recuperar su verdadera identidad gracias a la búsqueda de Madres y Abuelas de Plaza de Mayo. Hoy, es uno de los 140 nietos y nietas recuperados.
Vale aclarar que Marchetti no sólo estuvo vinculado a este hecho de lesa humanidad: también intervino inicialmente en 1983 en el caso del secuestro y fusilamiento de los militantes peronistas Osvaldo Cambiaso y Eduardo Pereyra Rossi. Aunque al principio dictó preventivas contra los policías implicados (como Luis Abelardo Patti), meses después dictó el sobreseimiento bajo la presión y el blindaje de la época dictatorial.
Sin embargo, en 2012, el Tribunal Oral Federal 2 de Rosario condenó los crímenes de “La Masacre de la calle Juan B. Justo”. Se dieron sentencias de prisión perpetua para el ex coronel Manuel Fernando Saint Amant, principal responsable, para el coronel Antonio Federico Bossie, y para el entonces jefe de la Delegación de la Policía Federal San Nicolás, Jorge Muñoz.
Acá entra nuestra historia: durante esa sentencia, no hubo ninguna condena para Marchetti. Un abogado que no sólo siguió ejerciendo su profesión, sino que desde entonces siempre defendió causas ligadas a empresas poderosas, o amigos de poder.
Por ejemplo, es defensor de directivos de la prestadora y cortadora de energía EDEN. También de la empresa ATANOR, la cual tiene una de sus plantas ubicada en el radio urbano de la ciudad de San Nicolás y elabora productos químicos para la agroindustria, como plaguicidas – herbicidas, insecticidas y otros de alta toxicidad. Recientemente, la Suprema Corte de Justicia de la Provincia de Buenos Aires confirmó una condena ambiental histórica contra la agroquímica, tras más de doce años de litigio. El fallo ratificó la responsabilidad de la empresa por daño ambiental irreversible, la contaminación del río Paraná, del aire y del suelo con agrotóxicos en su planta de San Nicolás.
En su raíd como abogado de las causas poco éticas, Marchetti defendió al cura Tulio Matiussi, expárroco del Jardín de Infantes Belén de San Pedro, quien fue hallado culpable de diversos hechos de “abuso sexual agravado” cometidos en 2017 contra al menos cinco niñas y niños de entre 3 y 5 años de edad.
Como si fuese poco, Marchetti también fue defensor de varios de los productores acusados de contaminar a familias en Pergamino, en un juicio histórico que por primera vez en territorio bonaerense dictó sentencias a dos ex funcionarios municipales por no controlar las fumigaciones potencialmente perjudiciales para la salud humana. En ese juicio, sin embargo, se absolvieron a todos los productores, a pesar del reclamo de los vecinos.
Durante una de las audiencias, Marchetti llegó incluso a prepotear a la prensa que acompañaba el reclamo de las familias de Pergamino, acusándola de mentir sobre la peligrosidad de esos productos popularmente llamados “agrotóxicos”.
“Para nosotros este fallo es un quiebre a la impunidad y por eso celebramos la noticia”, expresó para ARG MEDIOS, el abogado Fabián Maggi, quien lleva la defensa de muchos vecinos que han denunciado contaminación por la empresa Atanor, de San Nicolás.
“A Marchetti también lo hemos padecido en los siguientes años, a raíz de la garantía de impunidad que le ofreció el juez Villafuerte Ruzo. Él es defensor de varias corporaciones que están denunciadas por haber cometido diversos delitos ambientales. Entre ellas Atanor y Ternium Siderar. En ambas causas penales, la presencia de Marchetti y del juez Villafuerte Ruzo permitieron que esa impunidad continuara, pero esta vez en términos ambientales, ya que no fueron investigados correctamente. De hecho, en ambas causas hay una demora que supera los 10 años”, expresó Maggi.
Imprescriptible: delitos que no se pueden borrar
Pese a que la causa por la apropiación de Manuel Goncalves fue paralizada por décadas, en agosto de este año la Corte Suprema de Justicia de la Nación, falló en contra de Marchetti y planteó que la causa no se puede “archivar”, porque se trata de un hecho de lesa humanidad, el cual es imprescriptible.
El fallo también cuenta para el ex magistrado Juan Delfín Castro y los ex asesores de menores Juan Carlos Magni y Francisco García Cortina. Todos cómplices de la apropiación ilegal de Manuel Gonçalves.
Con los votos del juez Horacio Daniel Rosatti y los conjueces Carlos Alberto Vallefin y Richar Fernando Gallego el Máximo Tribunal aplicó el precedente del caso “Blaquier”, en el que sostuvo que cuando las garantías de defensa en juicio y del debido proceso, se encuentran severamente cuestionadas se exige una consideración inmediata para su adecuada tutela.
Desde Abuelas de Plaza de Mayo aseguraron que esta resolución judicial “abre camino para que finalmente se investigue la responsabilidad y participación de magistardos, funcionarios y personal judicial en el plan sistemático de apropiación de niños y niñas durante el terrorismo de Estado”. De hecho, agrega que de los 140 casos resueltos hay 30 en los que personal judicial intervino a través de guardas, internaciones y adopciones.
“Hoy estamos un poquito más cerca de hacer justicia por Manuel y esperanzados de que este precedente traiga luz a otras causas similares, las más difíciles de desentrañar por la complicidad y el silencio. El fallo se trata de una resolución clave para las causas de lesa humanidad en el país”, agregaron desde la entidad de Derechos Humanos.
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