Policiales
Pidieron una pena de hasta 10 años para el reconquistense declarado culpable de abuso sexual en Pergamino
28 de Agosto de 2026 | Primera Plana
Tras el veredicto unánime del jurado popular que declaró culpable a Luciano Persoglia por el delito de abuso sexual simple agravado por el vínculo, en perjuicio de su hijo, este miércoles 26 de agosto se realizó la audiencia de cesura en el Tribunal Oral en lo Criminal Nº 1 de Pergamino, instancia en la que las partes expusieron qué pena consideran que corresponde aplicar.
El fiscal Nelson Mastorchio, acompañado por la instructora judicial María José Suárez, solicitó que se imponga el máximo de la escala penal prevista para el delito: 10 años de prisión.
Por su parte, el abogado querellante Maximiliano Brajer, quien representa a la madre del niño, pidió una pena de 9 años y 6 meses de prisión.
La defensa, a cargo de la abogada Georgina Tolosa, solicitó que se aplique el mínimo legal, de 3 años, y sostuvo la postura de inocencia de Persoglia. Además, anticipó que recurrirá el fallo por las vías procesales correspondientes.
Durante la audiencia se incorporaron además nuevos elementos de prueba, entre ellos las declaraciones de la madre del niño y de una persona que había sido empleadora de Persoglia.
Finalizada esta instancia, el juez Guillermo Burrone deberá determinar el monto concreto de la pena dentro de la escala correspondiente al delito.
El magistrado anunció que dará a conocer los fundamentos de la sentencia y el monto de la pena el próximo miércoles 2 de septiembre, al mediodía.
Cabe recordar que el reconquistense había llegado al juicio privado de su libertad y permanece detenido en prisión preventiva desde noviembre de 2023 en la provincia de Buenos Aires.
EL JUICIO
El juicio se extendió durante una semana y uno de los momentos centrales del debate fue la exhibición ante el jurado del registro audiovisual de la declaración del menor, tomada mediante el mecanismo de Cámara Gesell durante la etapa de investigación.
Durante el debate declararon testigos, peritos y profesionales propuestos por las partes, entre ellos personas vinculadas al entorno familiar del niño y su madre, quien se refirió al inicio de la denuncia y a la dinámica familiar, mientras que la defensa presentó testimonios destinados a cuestionar la reconstrucción de los hechos planteada por la acusación.
LAS POSICIONES DE LAS PARTES
La fiscalía y la querella sostuvieron a lo largo del proceso la hipótesis incriminatoria y procuraron demostrar ante el jurado que la prueba reunida permitía atribuir responsabilidad penal al acusado. La defensa, por su parte, cuestionó esa versión y planteó que la denuncia debía analizarse en el marco del conflicto existente entre los adultos y de las circunstancias familiares que rodearon el caso.
CONTEXTO DEL CASO
Según se expuso durante el debate, la relación familiar se inició en Rosario y continuó luego de la separación de la pareja, cuando se estableció un régimen de comunicación para que el padre mantuviera contacto periódico con su hijo. La madre del niño, oriunda de Pergamino, regresó posteriormente a esa ciudad junto con el menor. De acuerdo con la acusación, los episodios denunciados se habrían producido durante algunas de las visitas parentales. La investigación se originó a partir de manifestaciones que el niño realizó a su madre.
EL VEREDICTO
Terminadas las audiencias de debate, el veredicto se conoció el viernes 14 de agosto de 2026. Los doce integrantes del jurado popular deliberaron durante una hora y veinte minutos hasta que comunicaron su veredicto humano al juez Guillermo Burrone, a cargo de la conducción del proceso, quien previamente había impartido al jurado las instrucciones correspondientes para el análisis de la prueba.
El jurado estuvo integrado por doce ciudadanos titulares del Departamento Judicial Pergamino, con representantes de Pergamino y Colón, conformado con mayores de 21 años y bajo criterio de paridad de género.
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