El Tribunal Oral en lo Criminal Nº 1 condenó a un vecino de Rawson, del cuál se omite su nombre para preservar a la víctima, a la pena de tres años de prisión , en virtud de resultar autor penalmente responsable del delito de abuso sexual agravado por la guarda en dos oportunidades, en concurso real, por hechos ocurridos en la localidad de Rawson, partido de Chacabuco (B), en perjuicio de su nieta de 10 años de edad. La jueza Karina Lorena Piegari encontró pruebas contundentes que demostraron los aberrantes hechos ocurridos en el domicilio familiar y en un vehículo.
Piegari, en su sentencia, detalló los hechos probados, destacando que los abusos se produjeron tanto en el hogar del abuelo como durante un viaje en automóvil. La magistrada subrayó la vulnerabilidad de la menor y la confianza traicionada por su abuelo, quien aprovechó su posición para cometer estos aberrantes actos. Si bien la pena impuesta de tres años de prisión fue acordada por las partes en un juicio abreviado, la jueza impuso diversas condiciones para la libertad condicional del condenado, como la prohibición de acercarse a la víctima o su entorno familiar, y el cambio de domicilio.
Si todavía no recibís las noticias de PRIMERA PLANA en tu celular, hacé click en el siguiente enlace https://bit.ly/3ndYMzJ y pasarás a formar parte de nuestra base de datos para estar informado con todo lo que pasa en la ciudad y la región.