El tribunal integrado por los magistrados Silvina Marinucci (presidenta), Benjamín Révori y Leandro Martín condenó esta mañana a Juan Alfredo Dabove a la pena de 11 años de prisión por el delito de abuso sexual con acceso carnal doblemente agravado por el vínculo y por ser encargado de la guarda de su hijo menor.
Intervino como fiscal Damián Cassullo en representación del Ministerio Público de la Acusación y el abogado Ignacio Blanc Codina por la parte querellante; mientras que la defensa estuvo a cargo de Silvia Couselo.
Dabove, de 46 años, cuenta con larga trayectoria docente en el ámbito formal e informal, es muy reconocido por su labor artística y por haber formado a cientos de personas en la música en las últimas décadas en Venado Tuerto. También se desempeña como empleado municipal.
Los elementos probatorios que presentaron la fiscalía y la querella están basados en pericias profesionales, los propios dichos de la víctima y su hermana en cámara Gesell y un informe médico forense al momento de efectuarse la denuncia, en marzo de 2020.
Fuentes cercanas al proceso judicial resaltaron que trabajaron cuatro psicólogos diferentes y que hubo coincidencia en el dictamen realizado por cada uno de ellos, sosteniendo que tanto los relatos como los dibujos realizados eran “indicadores de abuso sexual”.
El hecho por el que resulta condenado ocurrió en 2019, cuando Dabove y la madre de sus hijos menores ya se encontraban separados. En ese momento el niño tenía 5 años (su hermana es dos años mayor) y a partir de algunas situaciones que expuso, la madre realizó la denuncia, lo que derivó en la restricción para que el padre tomara contacto con ambos.
“En todo este tiempo que transcurrió hasta el juicio, no hubo una sola contradicción en lo declarado por el niño y su hermana”, resaltaron las fuentes consultadas.
Las penas previstas para este tipo de hechos van de 8 a 20 años. La fiscalía había solicitado 14 años y la querella 16, coincidiendo finalmente el tribunal en aplicar una pena de 11 años dado que es un único hecho el que se condenó.
Se ordenó la prisión preventiva y el hombre fue trasladado de inmediato a la alcaidía de Melincué, a pesar que la defensa había planteado una serie de reglas de conducta a cumplir a la espera de que quede firme el fallo.
Se espera que en los próximos días sea apelada la sentencia y la Cámara revise la prisión preventiva a instancias de los planteados realizados por la defensora oficial.
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