La Justicia ratificó la prohibición del uso de agroquímicos dentro de un radio de mil 1.000 metros desde el límite de las plantas urbanas o núcleos poblacionales, informó el municipio.
En un comunicado, la comuna informó que, en cumplimiento de lo ordenado el 23 de mayo de este año, se mantiene vigente la suspensión de los artículos 19, 23, 27 y 28 de la Ordenanza N.º 21.296/2013, conforme lo dispuesto por una resolución judicial de 2014, en el marco de la causa: “Picorelli Jorge Omar y otros c/ Municipalidad de General Pueyrredon s/ Inconstitucionalidad Ordenanza N.º 21.296” – Expte. N.º 72.669, que tramita ante la Secretaría de Demandas Originarias de la Suprema Corte de Justicia de la Provincia de Buenos Aires.
De este modo, se encuentra vigente el régimen establecido por la Ordenanza N.º 18.740/2008, que prohíbe la utilización de productos químicos o biológicos de uso agropecuario y/o forestal —como plaguicidas y fertilizantes— dentro del radio indicado.
Conforme lo resuelto por el Tribunal interviniente, el municipio recordó que “deben cumplirse las demás medidas de prevención y protección del ambiente y de la salud de la población previstas en las Ordenanzas N.º 18.740/2008 y N.º 21.296/2013”.
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