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Otro fallo contra Pettovello: debe garantizar el derecho a la alimentación en los comedores populares

El juez en lo contencioso administrativo Walter Lara Correa concedió el pedido de la Unión de Trabajadores de la Economía Popular (Utep) y el Centro de Estudios Legales y Sociales (Cels). Le ordena asistir a las "personas de carne y hueso que integran los grupos socialmente vulnerables"

Un juez del fuero contencioso administrativo dio lugar al pedido de una medida cautelar colectiva y le ordenó al Ministerio de Capital Humano garantizar el derecho a la alimentación de quienes acuden a comedores populares. Se trata de aquellos que, a partir de la actual gestión nacional libertaria, dejaron de recibir asistencia estatal por la interrupción de la entrega de alimentos o de fondos o de fondos de parte del Estado Nacional.

La medida la dictó el magistrado Walter Lara Correa al conceder el pedido de la Unión de Trabajadores de la Economía Popular (UTEP) y el Centro de Estudios Legales y Sociales (CELS). El texto del nuevo revés judicial para Sandra Pettovello indica que “los comedores funcionan como una red de contención” a la que “recurren personas de carne y hueso que integran los grupos socialmente vulnerables y los segmentos particularmente empobrecidos de la población”. Y que por ello “requieren sin demoras cuidados especiales”.

El juez conmina al Ministerio a cumplir de manera “cabal, estricta y sin dilación o interrupción alguna” con los programas alimentarios que la propia Pettovello admitió que están vigentes ante un pedido previo de informes del mismo juzgado. Y en la misma línea, le exige que le informe mensualmente sobre las políticas y la asistencia implementadas.

Juan Grabois, referente de Argentina Humana, participó como abogado de la acción colectiva. En su cuenta de X, el dirigente compartió la noticia sobre el fallo y la calificó como “otro freno de la justicia al plan de miseria planificada” por la gestión del presidente Javier Milei. Y explicó que el fallo implica la “inmediata restitución de la provisión de alimentos a los comedores comunitarios a través de todas las asociaciones que venían realizándolo”.

Grabois aclaró, contra las justificaciones oficiales para interrumpir los programas, que la obligación de sostener la asistencia “no impide el correcto ejercicio de poder de auditoría a los comedores”. Y resaltó que “no se puede generalizar y desabastecer al conjunto por las irregularidades que se detecten en unos pocos”. Sobre la medida judicial, insistió: “Es una nueva victoria jurídica que esperamos que el gobierno acate” porque de lo contrario “incurrirían en un nuevo hecho de incumplimiento de deberes de funcionario y eventualmente desobediencia”.

A su vez, afirmó que “la medida cautelar es un paso importante para que se cumplan las partidas presupuestarias ya asignadas por los programas de alimentación a través de los comedores y se ejecuten los fondos entregados por el Programa de Naciones Unidas”. El fallo fue firmado cerca de la medianoche, minutos antes de que comience la feria judicial.

El abogado aludió además a otra medida cautelar dirigida a Pettovello, en este caso en el fuero penal de los tribunales de Comodoro Py y con la firma del juez Sebastián Casanello. El magistrado le ordenó a la ministra que presente un plan de reparto de las 6000 toneladas de alimento que se hallaron en los galpones de Villa Martelli (Buenos Aires) y Tafí Viejo (Tucumán), algunos de los cuales estaban cerca de la fecha de vencimiento, tal el caso de la leche en polvo. Otros dos tribunales rechazaron el planteo oficial de que la Justicia no podía incidir en las políticas públicas: la Cámara Federal integrada por Martín Irurzun, Eduardo Farah, Roberto Boico, y la Cámara de Casación que componen Ángela Ledesma, Alejandro Slokar y Guillermo Yacobucci.

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