Un comerciante de Mar del Plata le ganó un juicio al municipio por el secuestro irregular de unos 200 kilos de fiambre y deberá ser indemnizado por el valor actual del total de los alimentos descartados en un control de tránsito realizado en el año 2017 por la gestión del por entonces intendente Carlos Arroyo .
Los hechos del caso se remontan a agosto de 2017, cuando un hombre circulaba en en un vehículo que fue detenido en las calles Ayolas y Bermejo por un operativo de transporte municipal del distrito de General Pueyrredón. Allí los agentes constataron que se desplazaba con la habilitación vencida y que "transportada diversas piezas de quesos y fiambre de cerdo que juzgaron en malas condiciones de conservación". En base a esa conclusión equívoca según la justicia, procedieron al secuestro y posterior descarte de esa mercadería.
En primer lugar y en base al acta de infracción del operativo, la Justicia Municipal de Faltas del Municipio de General Pueyrredón condenó al actor por la circulación con habilitación vencida y confirmó el decomiso de los alimentos.
El propietario de la mercadería decidió demandar al Municipio ante el Juzgado Correccional de Mar del Plata por considerar que el acta no se efectuó conforme a las normas municipales.
Por ello, el damnificado demandó a la Municipalidad de General Pueyrredón para solicitarle la reparación de los daños y perjuicios sufridos como consecuencia del operativo irregular más intereses y las costas del proceso. El Municipio, se defendió bajo el argumento que la mercadería "presentaba envases primarios rotos, pérdida de cadena de frío, contenía ácido láctico, por lo cual la misma fue desnaturalizada en un contenedor y la restante entregada a una entidad de bien público",
Pero el juez Isacch opinó que del acta labrada no surge prueba para determinar el defectuoso estado de los embutidos y ello convierte en irregular al procedimiento dado que "no se cumplió las exigencias de la Ordenanza N° 5.355 en tanto dispone que “el comiso solamente puede disponerse con la conformidad expresada por escrita por el presunto infractor en el acta respectiva”.
La justicia condenó a la Municipalidad deberá pagar una indemnización en dinero equivalente a "26 piezas de queso dambo, 3 piezas de queso cremoso; 16 piezas de fiambre de cerdo, 20 tapas de empanada; 1 queso sardo; 4 piezas de queso muzzarella, 2 piezas de jamón natural; 1 pieza de jamón crudo y 1 pieza de queso azul" y deberá abonarla dentro de los 60 días posteriores a la liquidación.
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