Ante esta vulneración del acceso a la salud, el Juzgado Federal N° 2 de Mendoza falló a favor de los demandantes, ordenó retrotraer la situación y restituir la gratuidad de los medicamentos a las condiciones previas a diciembre de 2024. A pesar del fallo, el PAMI demoró sistemáticamente el cumplimiento de esta medida judicial.
Frente a las demoras en la restitución de la prestación, la contienda se trasladó a la provincia de Tucumán. Allí, la asociación REDECU —con el patrocinio del abogado querellante Juan Andrés Robles— solicitó que se investigue penalmente a las máximas autoridades del instituto.
En esta etapa del proceso, la Cámara Federal de Apelaciones fue clave para desarticular las barreras burocráticas del organismo. El trabajo conjunto de la querella con el fiscal federal subrogante, Dr. Agustín Chit, derivó en un dictamen donde se solicitó la citación a indagatoria al director ejecutivo nacional del PAMI, Esteban Leguízamo, y al titular de la UGL Tucumán, Ernesto Iramain, por los presuntos delitos de desobediencia judicial e incumplimiento de los deberes de funcionario público.
La causa tomó su impulso definitivo cuando el titular del Juzgado Federal N° 1 de Tucumán, Dr. José Manuel Díaz Vélez, avaló y hizo lugar a las medidas procesales requeridas, obligando al organismo nacional a responder ante la ley.
Ante las notificaciones penales y el avance del proceso, el titular del PAMI, Esteban Leguízamo, presentó un "acuerdo de reparación integral" ante la Justicia. El organismo adecuó sus normativas internas para implementar un nuevo sistema a través de la flamante Resolución RESOL-2026-428-INSSJP-DE#INSSJP.
Con esta nueva decisión, se aprueban nuevos y definitivos criterios para la cobertura de medicamentos al 100% por razones sociales. Además, se amplía el vademécum gratuito y se flexibilizan las barreras burocráticas de acceso.
En esa línea, la Dirección Ejecutiva emitió un memorándum interno oficial instruyendo a todas las Unidades de Gestión Local (UGL) de Argentina a ejecutar y aplicar la resolución de manera perentoria. Con la publicación de esta resolución en el Boletín del Instituto, la medida ya se encuentra plenamente operativa.








