La Cámara de Casación Penal de la Provincia de Buenos Aires, integrada por los jueces Daniel Carral y Ricardo Maidana, también rechazo el requerimiento de la defensa de Alejandro Urquiza Rueda respecto de la suspensión del juicio a prueba en la causa por la muerte de Victorio “Vito” Otero.
Se trata del tercero que sufre la defensa técnica del imputado en la expediente caratulado Homicidio Culposo Calificado. En primera instancia, no hizo lugar a la solicitud el titular del Juzgado Correccional Nº 2 del Departamento Judicial Pergamino, Raúl Alejandro Salguero, básicamente por la oposición fundada de la fiscal Alejandra María Ghiotti.
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Luego, la estrategia de la defensa para posponer el juicio, fue presentar un recurso ante la Cámara de Apelación y Garantías en lo Penal del Departamento Judicial Pergamino, órgano que también refutó el pedido de “probation”.
En consecuencia, el siguiente paso de los abogados de Alejandro Urquiza Rueda fue presentar un nuevo recurso de queja ante la Cámara de Casación Penal de la Provincia de Buenos Aires “por considerar incorrecta la aplicación del derecho vigente por la Cámara interviniente”.
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En esta petición, los asesores legales del acusado sostuvieron que “resulta desacertada la interpretación que ésta realiza del Artículo Nº 450 del Código Procesal Penal y en segundo lugar, respecto al cumplimiento de la doble conformidad constitucional, declara no cumplida dicha manda por no tratarse la resolución cuestionada de un acto jurisdiccional válido”.
Ante los argumentos presentados, el juez Carral sostuvo en su resolución que “si bien se trata de un delito culposo, la gravedad y eventual temeridad en la inobservancia de la normativa especial y del deber objetivo de cuidado por parte del conductor de la camioneta, no puede descartarse en esta instancia y ello amerita que pasen las actuaciones a debate.
“En tal contexto, la razonable oposición fiscal fue debidamente receptada por el a quo, quien de manera ajustada a derecho y de forma pormenorizada, a la cual me remito en honor a la brevedad, dio cuenta de la imposibilidad de acoger favorablemente la petición articulada por el acusado y su defensa de suspender el juicio a prueba”.
El juez Maidana estuvo de acuerdo, y ambos resolvieron declarar admisible la queja interpuesta y rechazar el recurso presentado por la defensa, razón por lo cual Urquiza Rueda no puede acogerse de los beneficios de un juicio abreviado y deberá afronta el juicio oral y público, del que se debe disponer una nueva fecha.
No obstante, los abogados defensores del imputado no descartan realizar una cuarta presentación ante la Suprema Corte de Justicia de la Provincia de Buenos Aires.
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