La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT), mediante la Disposición 8797/202, publicada este jueves en el Boletín Oficial, informó la prohibición de la vente y consumo de un aceite de oliva.
La Disposición de la ANMAT
Y en el artículo segundo agrega: "Prohíbase la comercialización en todo el territorio nacional de todos aquellos productos que exhiban en sus rótulos los registros sanitarios RNE N° 13529821 y RNPA N° 13938214 por ser productos falsamente rotulados que utilizan un RNE y un RNPA inexistentes, resultando ser en consecuencia ilegales".
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