• cielo claro
    28 de Abril de 2024
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Caso Daiana: sobreseen a los policías investigados por la muerte de la joven en la comisaría

Las imputaciones a los cinco efectivos que fueron investigados por el caso fueron dejadas sin efecto por la Justicia. Según el informe pericial, el fallecimiento de la chica en junio de 2022 se debió a un “suicidio por ahorcamiento”.

Un año y medio después de la muerte de Daiana Soledad Abregú en la comisaría de la ciudad de Laprida, la jueza de Garantías Fabiana San Román decretó los sobreseimientos de los cinco policías que eran investigados por el caso. El hecho ya había sido calificado por la Junta de Peritos en su informe pericial de diciembre de 2023 como “suicidio por ahorcamiento”.

San Román, magistrada a cargo de uno de los juzgados de Garantías pertenecientes al Departamento Judicial Azul que tiene su sede en Olavarría, dejó sin efecto las imputaciones que pesaban sobre los efectivos de seguridad, a quienes a título penal se les atribuyó respectivas autorías en un supuesto “homicidio agravado” de Abregú.

Los sobreseimientos fueron dispuestos para Adrián Osvaldo Núñez, Pamela Gisel Di Bin, Juliana Zelaya, Vanesa Soledad Núñez y Leandro Esteban Fuhr.

Todos ellos desempeñaban tareas en la Estación de Policía Comunal de Laprida donde la joven, de 26 años y madre de un nene, fue encontrada muerta en uno de los calabozos el 5 de junio de 2022.

Los policías llegaron a permanecer detenidos en el marco de la instrucción de la causa, aunque tiempo después recuperaron la libertad, porque el fiscal a cargo de la instrucción de este sumario desistió de solicitar las conversiones de dichas medidas cautelares en prisiones preventivas.

Los Núñez, Di Bin y Zelaya estaban acusados de los delitos de “homicidio triplemente agravado” por su comisión con alevosía, por su comisión con el “concurso premeditado de dos o más personas” y por tratarse de “miembros de la fuerza de seguridad policial en abuso de su función, en concurso real con falsedad ideológica de instrumento público agravado por su calidad de funcionario público en abuso de función”. En tanto, Fuhr fue imputado también por “encubrimiento agravado”.

 

Imputaciones “sin sustento”

Según informa El Tiempo de Azul, el informe pericial que concluyó que Daiana Abregú murió por ahorcamiento y en el cual se afirmaba también que no surgían elementos que permitieran suponer que en su deceso intervinieron “terceras personas”, se convirtió en el principal elemento valorado por la Jueza de Garantías para decretar los sobreseimientos de los cinco policías.

“Entiendo que a la luz del resultado del último informe pericial -que había sido requerido por todas las partes intervinientes- los elementos de cargo que en un principio avalaron las imputaciones formales efectuadas por la Fiscalía interviniente han quedado sin sustento, motivo por el cual los hechos descriptos por el Ministerio Público Fiscal en su plataforma fáctica no han existido, haciendo operativo la causal de sobreseimiento prevista en el artículo 323 inciso 2 del Código Procesal Penal”, señaló la magistrada San Román en lo resuelto para los acusados.

La funcionaria judicial agregó: “Más allá de las oposiciones formuladas por los particulares damnificados institucionales, lo cierto es que el tema referido a la causa de muerte de la víctima y los cuestionamientos realizados al respecto han quedado saneados a la fecha con el resultado de la última pericia a que he hecho referencia, que -reitero- ha sido solicitada por todas las partes intervinientes y no se encuentra cuestionada”.

 

 

Decisión “prematura”

Romina Merino, en representación del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos de la Provincia de Buenos Aires, y Adolfo Pérez Esquivel y Roberto Cipriano García -interviniendo en esta causa desde la Comisión Provincial por la Memoria (CPM)– se habían opuesto a los sobreseimientos de los policías, entre otras cuestiones, por considerar “prematura” a esa decisión.

“En cuanto a las oposiciones formuladas por los particulares damnificados institucionales, advierto que más allá de las deficiencias que señalan en el transcurso de la investigación, el argumento central de las mismas radica en un supuesto incumplimiento de los deberes de funcionario público por parte del personal policial que tenía a su cargo la custodia de la víctima y que, a su criterio, harían prematuros los sobreseimientos peticionados”, se indica en un tramo de lo resuelto.

“Sin embargo, entiendo que el argumento expuesto a que he hecho referencia, en el cual se hace mención a la probable comisión de otros delitos, no puede resultar sostén para mantener la grave imputación inicial reprochada formalmente, con base a que la misma resulta prematura, toda vez que descartada de plano la hipótesis inicial del homicidio, el hecho imputado por el Ministerio Público Fiscal -tal como ha sido descripto en los reproches formales-, no ha existido”, concluyó la jueza.

 

Las dos autopsias

Ya en el informe de la primera autopsia a Abregú, realizada el día siguiente de su muerte, se dijo que su deceso fue “por asfixia mecánica” y que a través de la pericia no surgían elementos “que permitan suponer la intervención de terceras personas en el hecho”.

Pero una segunda necropsia impulsada desde el Ministerio de Justicia y la CPM puso en duda el resultado de la primera y se instaló la hipótesis de que la joven había sido asesinada mientras permanecía encerrada en la comisaría.

De esa manera, en el marco de la investigación penal iniciada se llegó hasta los cinco policías que ahora fueron sobreseídos en esta primera instancia como los probables autores del “homicidio agravado” de Abregú. Y en ese contexto, todos ellos resultaron detenidos el 24 de julio de 2022. Pero debido a la falta de elementos concretos desde la imputación para endilgarles a los efectivos responsabilidad penal en el deceso de la joven hizo que un mes después todos recuperaran la libertad. Ahora fueron sobreseídos.

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