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La EMDO deberá presentarse antes del 2019

La medida abarca a deportistas del Partido de Pergamino y el espíritu de la iniciativa es proteger a las instituciones, profesionales de la salud y a la comunidad pergaminense persiguiendo una mayor regularización y eficiencia en el sistema de salud.

Meses atrás se reglamentó y se puso en marcha una ordenanza municipal que regula los aptos médicos para los deportistas locales. La nueva Evaluación Médica Deportiva Obligatoria (EMDO), persigue la mejora en la calidad de la salud pública, proporcionándole orden y formalismo a un régimen ya vigente.

La evaluación tiene obligatoriedad para toda aquella persona domiciliada en el Partido de Pergamino y su validez es de un año calendario (365 días desde la fecha de realización).

Cabe aclarar que el espíritu de la ordenanza no es restrictivo ni punitorio, sino se busca proteger a las instituciones, a los profesionales que hacen esto responsablemente y fundamentalmente proteger la salud de la población que practica deportes.

¿A QUIÉNES SE LES EXIGE LA EMDO?

. A todos los deportistas domiciliados en el Partido de Pergamino, que practiquen deportes en competencia, ya sea federado o no federado, reglamentada por una entidad local o clubes y/o gimnasios que organicen una competencia.

. Todo asociado a un club o gimnasio que realice actividad física en esa institución, de manera recreativa o competitiva.

 ¿QUIÉNES QUEDAN EXCLUIDOS DE LA OBLIGATORIEDAD?

. Deportistas que realizan actividad en forma recreativa, fuera del ámbito competitivo, en ámbitos públicos y/o en canchas o predios de alquiler temporal.

. Aquellos que participan en competencia deportiva profesional, que se rigen con los controles que cada entidad determina.

. Todo deportista que participe en competencias locales cuyo domicilio, según el DNI, se encuentre fuera del Partido de Pergamino.

¿QUÉ SUCEDE CON UN PERGAMINENSE COMPITIENDO AFUERA?

Si a un deportista que entrena y compite localmente le surge la oportunidad de competir en otro sitio y si esa competencia le exige apto médico, se limitará a pedir un certificado adicional hecho por su médico que originalmente le hizo la evaluación, con lo cual la ventaja es que la persona ya ha sido evaluada.

¿QUIÉN PUEDE REALIZAR LA EMDO?

Está en condiciones de hacerlo todo profesional médico debidamente matriculado en el Partido de Pergamino, tanto en el ámbito público como en el privado. Se debe subrayar que existirá un registro sobre quiénes emiten los certificados, ya que la ordenanza se propone generar cierto nivel de responsabilidad.

Habiéndose incorporado la salud pública a esta ordenanza, se promueve que aquellas personas que utilizan el Sistema Público de Salud se acerquen a realizar la EMDO a los Centros de Atención Primaria de la Salud (CAPS), evitando en lo posible concurrir al Hospital San José para que el mismo quede reservado para estudios de mayor complejidad, según lo recomendó Villeta al contemplar una cuestión de reparto asistencial.

 ¿EN QUÉ CONSISTE LA EVALUACIÓN?

Consiste en una serie de estudios que el profesional designará en función de la edad y las características de cada paciente: examen clínico, electrocardiograma, ergometría y laboratorio.

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