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¿Vuelve a ser obligatorio pagar el Alumbrado Público junto al consumo domiciliario?

Un fallo judicial de primera instancia ordena a la Cooperativa Eléctrica a reincorporar el cobro de la Tasa municipal en la factura mensual. La CELP define una apelación

El marcado enfrentamiento entre el intendente municipal Javier Martínez y la actual conducción de la Cooperativa Eléctrica Limitada de Pergamino (CELP) no deja de sumar capítulos.   

Ahora el juez Luciano Cruz Savignano falló a favor del Municipio en una medida cautelar que fue presentada en diciembre, cuando Martínez tomó la decisión personal de ir contra la entidad energética y tomar el control absoluto.

A fines de año, la Municipalidad realizó dos planteos ante el Juzgado Contencioso Administrativo Nº 1 del Departamento Judicial Pergamino.

Por un lado, solicitó que se reincorpore el cobro obligatorio -y no opcional- de la Tasa de Alumbrado Público en la factura del consumo eléctrico domiciliario mensual, tal y como sucedía hasta septiembre último.

Y segundo orden, también por orden explícita del intendente, se le pidió a la Justicia que intervenga y se re-facturen las últimas boletas emitidas para aquellos usuarios que decidieron no pagar el talón de la tasa municipal, con el objetivo de reinstalar el cobro compulsivo.

Según la presentación judicial, el Municipio expresó que “la actitud abusiva e ilegítima de la CELP implicaría una abrupta caída de la recaudación municipal en relación a la referida tasa que sería superior al 50 por ciento”, lo que implicaría que durante el presente ejercicio el Municipio “deje de recaudar una suma estimada de 597.202.072,08 de pesos.

“De ésta manera, se evidencia una clara afectación de las arcas municipales, provocando un severo problema de financiamiento”.

 NOTA RELACIONADA: http://primeraplana.com.ar/la-celp-decidio-quitar-el-cobro-de-la-tasa-de-alumbrado-publico-de-la-factura-y-que-se-pague-por-separado/

En las últimas horas, el juez Savignano resolvió hacer lugar parcialmente al pedido realizado por el Municipio y que la medida sea aplicada en el plazo máximo de 15 días, una vez que su dictamen adquiera firmeza.

El magistrado ordenó que la Tasa de Alumbrado Público se vuelva a pagar junto al consumo domiciliario, como ocurría hasta que la CELP decidió separarlo y dejar a elección del usuario y usuaria el pago conjunto de modo forzoso.    

No obstante, existe aún la instancia de la apelación de la de la CELP ante un órgano superior, lo que genera que la aplicación del dictamen de primera instancia no se efectivice en el corto plazo.

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